REQUISITOS  SOLICITUD DE PROTECCION INTERNACIONAL EN ESPAÑA

La protección internacional en España cuenta con dos posibilidades. Como en otros países se reconoce el derecho a asilo pero adicionalmente también se puede otorgar una protección subsidiaria.

Equipo ASOHUMA

2/27/20248 min read

REQUISITOS  SOLICITUD DE PROTECCION INTERNACIONAL EN ESPAÑA

La protección internacional en España cuenta con dos posibilidades. Como en otros países se reconoce el derecho a asilo pero adicionalmente también se puede otorgar una protección subsidiaria.

 

El derecho de asilo es el derecho que tiene toda persona a buscar protección fuera de su país cuando huye como consecuencia de un conflicto o una persecución que pone en peligro su vida por su raza, religión, género, orientación sexual, grupo social, nacionalidad u opinión política. Es decir, la persona tiene temores fundados de perder la vida. Solo el que se le reconoce el derecho a  asilo es considerado refugiado.

 

Por otro lado, la protección subsidiaria es la que se da a aquellas personas que no reúnen los requisitos para obtener asilo o ser refugiadas, pero que necesitan protección al existir motivos para creer que si vuelven a su país podrían sufrir algún daño.

 

La protección que se da a personas  a través del derecho de asilo y de la protección subsidiaria supone la no devolución o expulsión de estas personas y la adopción de determinadas medidas para protegerlas.

 

Al momento de solicitar protección internacional en España no es necesario definir si se busca asilo o protección subsidiaria.  Serán las autoridades españolas, las que determinaran cuales de las dos protecciones puede conceder en cada caso.

 

Para presentar una solicitud de protección internacional en España:

 

  • En los puestos fronterizos. En el caso de los nicaragüenses correspondería en los aeropuertos internacionales donde ingreses.

  • Ya dentro de España, se hace la solicitud presencialmente en las Comisarías de Policía, en el caso de Madrid en la comisaria de Aluche.

 

Si la solicitud se realiza en el aeropuerto, el proceso será más corto y más rápido, pero la persona solicitante permanecerá retenida en una sala especial del aeropuerto –posiblemente por varios días-. En el aeropuerto se tiene derecho a pedir un abogado gratuito para asistirlo en la presentación de su caso.  

 

Importante: Presenta tu solicitud de protección antes de 30 días en el país, entre más pronto es mejor.

 

  1. Pide cita para formalizar tu  solicitud de Asilo

 

Desde el año Marzo del 2023 se han realizado cambios en la forma de solicitud de citas de cada provincia, para mayor información puedes visitar el portal web de la Policía Nacional en España.

Madrid: Tel. 913 22 01 89/ 913 22 01 90, Horario: de lunes a viernes, de 9:00h a 19:00h, o hasta fin de citas disponibles.

 

La solicitud de la cita no da inicio formal al procedimiento de protección internacional, ni tampoco al inicio de los plazos legales para recibir una respuesta. Todo ello se iniciará cuando formalices tu solicitud de asilo mediante una entrevista.

 

  1. Registra tu solicitud de Asilo

 

En esa primera cita con la Policía, se registrará tu intención de solicitar asilo y se te expedirá un documento denominado “Manifestación de Voluntad de solicitar protección internacional”. Ese documento, si bien no implica el comienzo de tu solicitud ni del cómputo de los plazos legales, te protege frente a una expulsión del territorio español y te permite estar identificado ante las autoridades. La “Manifestación de Voluntad”, será válida hasta el día en que realices la formalización de tu solicitud (que se explica en el punto siguiente). En ese mismo acto se te dará la cita para la formalización de tu solicitud.

 

Cuando la solicitud se realiza en la Comisaria de Policía, dicha oficina entregará a la persona una hoja blanca con el titulo de ¨resguardo de presentación de solicitud de protección internacional¨. En esta hoja se registra la intención de la persona que solicita protección internacional y será una forma de garantía para evitar una expulsión del país.

 

 

  1. Formaliza tu solicitud de Asilo – Entrevista de Asilo-

 

La formalización de tu solicitud de asilo en España se hace mediante una entrevista individual. La entrevista se realiza por un funcionario de la policía. 

 

En la entrevista, te pedirán tus datos de identificación e información detallada sobre las circunstancias y  motivos por los que quieres solicitar asilo, las razones que te han llevado a salir de tu país de origen y/o por las que tú personalmente no puedes regresar a él.

Tienes que dar  información sobre tus familiares, y tiene que anotarse de forma clara en la solicitud de asilo,  ya que si te  conceden protección en España, podes solicitar la reunificación familiar si lo deseas.

 

Cuando termines tu entrevista de asilo darán un documento de identificación que se conoce como “HOJA BLANCA”. Ese documento es el Resguardo de Presentación de Solicitud de Protección Internacional o comprobante de tu solicitud de asilo y es un documento válido en España y para la realización de cualquier entrevista posterior o gestión administrativa.

 

La ley establece que la OAR (Oficina de Asilo y Refugio) debe decidir en el plazo de un mes si la solicitud se admite a trámite (es decir, si es aceptada para un estudio), o no. Si se admite a trámite, significa que tu caso se estudiará en profundidad para determinar, posteriormente, si se te concede o no la protección internacional.

 

En la “Hoja Blanca” la Policía te asignará un número “NIE” (Número de Identificación de Extranjero) para tu identificación. El NIE está compuesto por una letra, 7 números y un código de verificación y sirve para que el Estado tenga un control sobre el conjunto de la población extranjera y para que la persona extranjera pueda realizar sus trámites y gestiones con más facilidad.

 

 

Ese documento será válido hasta su fecha de caducidad. Verás que tiene dos fechas de caducidad indicadas en el mismo:

 

  • La primera es de 1 mes desde la fecha de la solicitud de asilo (fecha de la entrevista). Durante este primer mes puede llegarte una resolución informándote de que tu caso no ha sido admitido a trámite. En ese caso, este documento dejará de ser válido.

 

Si pasado un mes NO te han notificado una resolución de NO ADMISIÓN A TRÁMITE, la hoja blanca seguirá siendo válida hasta la segunda fecha de validez del documento.

 

  • La segunda fecha de validez es de 9 meses desde la fecha de solicitud de asilo (fecha de la entrevista). Esta es la fecha de validez de tu documento si tu solicitud ha sido admitida a trámite y no te han notificado una resolución de inadmisión.

 

Además, transcurridos 6 meses desde la fecha de solicitud de asilo (fecha de la entrevista) vas a estar autorizado a trabajar en España, tal y como indica la misma hoja blanca.

 

  1. Admisión a trámite de tu solicitud de asilo

 

Una vez realizada la entrevista de asilo, empezará la tramitación y el estudio de tu caso para determinar si reúnes los requisitos para obtener algún tipo de protección internacional.

 

Si recibes una notificación que tu caso NO ha sido ADMITIDO A TRÁMITE, significa que tu caso ha sido rechazado y no va a ser tramitado ni estudiado en profundidad. Pero podrás presentar un recurso administrativo o judicial solicitando la revisión de tu caso. Para ello te aconsejamos que consigas asesoría legal.

 

Si no recibes ninguna notificación durante el primer mes después de la fecha de solicitud de asilo, significa que tu solicitud ha sido admitida a trámite (o aceptada) y pasará a estudiarse en profundidad para que el Estado español pueda darte una respuesta definitiva sobre si te concede, o no, protección internacional.

 

 

  1. Pide cita para renovar la “Hoja Blanca”

 

En la cita de renovación de tu “Hoja Blanca” o Resguardo de Presentación de Solicitud de Protección Internacional, te darán un nuevo documento identificativo: la “Tarjeta Roja”. Esta tarjeta sustituye a la “Hoja Blanca”. Debes solicitar cita online al siguiente enlace ttps://icp.administracionelectronica.gob.es

 

Si en la provincia en la que resides no existe la opción de pedir cita online, debes informarte de cómo llevar a cabo la renovación consultando con un abogado especializado en asilo o con alguna ONG experta en la materia.

 

 

 

 

CONTACTO ORGANIZACIONES  EN ESPAÑA

 

 

Para Solicitud de Cita debes llamar:

En Madrid  Tel. 913 22 01 89 / 913 22 01 90. Horario: de lunes a viernes, de 9:00h a 19:00h

En Barcelona Tel. 932 90 30 98. Horario: de lunes a viernes, de 8:30h a 11:30h

En Valencia  Tel. 649 49 76 59 / 606 72 89 40. Horario: Miércoles de 15:30h hasta fin de citas disponibles.

Para mayor información te invitamos a ingresar al portal web de la Policía Nacional. – España. 

 

Portal Migrar.org  de Cruz Roja Española

Brinda atención a las personas refugiadas y migrantes, puedes realizar consultas online gratuitas sobre consultas  jurídicas o sociales.  

 

Colegio de Abogados de Madrid:

Calle General Castaños, 1 (Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid)

Tel. 900 814 815

ASESORIA LEGAL

 

ACCEM

C/ Magallanes 1, Entreplanta
28015 Madrid
Tel.: 915 327 478 / 915 327 479
Fax: 915 460 915
madrid@accem.es

 

CEAR

Avda. de Asturias, 33- Bajo, 28029 Madrid.

Telf: (+34) 91 555 06 98

Fax: (+34) 91 597 23 61

www.cear.es

 

CCAR Barcelona

Rambla Santa Mónica 10, 1ª planta, Barcelona.

Тelf.: (+34) 93 595 55 39

Email: ccar@ccar-cear.org

www.ccar.cat

 

CESAL

CEPI de Tetuán, Calle Nuestra Señora del Carmen N.º 17 bajo, 2039 Madrid

Telf.: (+34) 91 398 18 33

www.cesal.org

 

Cruz Roja Madrid

C/ Muguet nº 7 en Madrid, planta 0.

Telf.: (+34) 915 532 55 55 / +34 900 22 11 22

Email: administracion.refugiados@cruzroja.es

www.cruzroja.es

Diaconía Madrid

C/ Pablo Serrano, 9, 28043 Madrid

Telf.: (+34) 91 382 05 49

http://diaconiamadrid.org/

 

 

Federación Andalucía Acoge

Telf.: (+34) 954 900 773

https://acoge.org/

 

Fundación APIP-ACAM

Calle Paloma, 21-23, 08001 Barcelona

Telf.: (+34) 93 317 16 14

https://fundacionapipacam.org/

 

Fundación Cepaim

C/Nicolás Morales, 11, 28019 Madrid

Telf.: (+34) 91 548 31 65

http://cepaim.org/

 

La Merced Migraciones

C/ Eraso, 36, 3ª Planta. 28028 Madrid

Telf.: (+34) 913 55 55 50

http://lamercedmigraciones.org/

 

MPDL

C/ De Martos, 15, 28053 Madrid

Telf.: (+34) 914 29 76 44

http://www.mpdl.org/

 

Provivienda

C/ Membézar 2, 28053 Madrid

Telf.: (+34) 91 565 09 60

https://www.provivienda.org/

 

Pueblos Unidos

C/ Mártires de la Ventilla, 103, 28029 Madrid

Telf.: (+34) 91 732 06 91

http://pueblosunidos.org/

 

Red Acoge

C/ Cea Bermúdez, 43, 28003 Madrid

Telf.: (+34) 91 563 37 79

www.redacoge.org/es/

 

 

 

 

ONG Rescate

C/ Valentín Beato, 42, 2, 28037 Madrid.

Telf.: (+34) 91 447 28 72

www.ongrescate.org

 

URDA Spain

C/ Dolores Folgueras 4, 28038 Madrid

Telf.: (+34) 919 353 759 

Correo: info@urdaspain.org

 www.urdaspain.org

 

 

KIF KIF 

Calle de la Encomienda 23 28012, Madrid.

Telf.: (+34) 915 21 11 74

Correo: comunicación@kifkif.info

LGBTQ

 

ACNUR España.

Av. Del General Perón, 32, 2 izquierda, 28020 Madrid

Telf.: (+34) 91 077 2150

Correo: spama@unhcr.org